#Argentina Comentario sobre la declaración de académicos acerca de los cambios en las políticas de #comunicación

11 02 2016

Unos cuarenta investigadores de distintas universidades nacionales -algunos de los cuales participaron en la redacción de la ley de servicios de comunicación audiovisual de 2009- difundieron una declaración sobre las modificaciones introducidas por decreto en la norma audiovisual y en la ley de telecomunicaciones, pomposamente llamada Argentina Digital. En concreto, los académicos pusieron en la mira lo dispuesto por los decretos de necesidad y urgencia 13/2015 (que modificó la ley de ministerios) y 267/2015 (que modificó las leyes de medios y de telecomunicaciones).

 

Todos los investigadores que firman la declaración merecen el mayor de los respetos por el rigor y la pertinencia de sus trabajos, por sus trayectorias en el país y en el exterior y, sobre todas las cosas, por su honestidad intelectual en la búsqueda del bien común.

 

Dicho esto, me parece importante contextualizar cada párrafo de la declaración, en la que se expresa “preocupación (…) tanto en el procedimiento como en los contenidos de dichas medidas”, y enumera de manera “sintética” las que se consideran “principales” (destacados aparecen los párrafos de la declaración).

“La política de medios/comunicación tiene enormes y multifacéticas implicancias para la democracia y la libertad de expresión, en consecuencia su elaboración debe ser fruto de discusiones y consensos amplios que involucren una multiplicidad de actores políticos y sociales. No puede dirimirse a puertas cerradas entre funcionarios del Poder Ejecutivo y los principales actores empresariales. De hecho, tanto la vía del decreto como su contenido contravienen pactos internacionales –vigentes en la Argentina, así como leyes específicas- relativos a la protección de la libertad de expresión y a la regulación de medios.”

América latina en general, y la Argentina en particular, experimentaron con dramatismo en los últimos 15 años la implicancia que la política de medios/comunicación tiene para la democracia y la libertad de expresión. Las leyes Resorte (y su ampliación al universo digital) en Venezuela y  orgánica de comunicación en Ecuador, son los dos más nítidos ejemplos del retroceso de las libertades y de la concentración de la información en una sola voz (gubernamental). En Argentina, no puede equipararse a ellas la ley de medios -así llamada por el kirchnerismo gobernante los últimos 12 años- pero sí puede decirse que muchas de las prácticas adoptadas por ley, decreto o simplemente de facto en los últimos años -y que bien pueden caracterizarse como “políticas de comunicación”- buscaron crear un monopolio gubernamental y paragubernamental de la comunicación que incluyó la sanción de normas como la ley de medios (en cuyo diseño ya puede encontrarse la razón de su posterior aplicación sesgada y arbitraria), la ley Argentina Digital, la ley antiterrorista, la ley de desarrollo satelital, y la ley de declaración de interés público de la fabricación de pasta de celulosa y papel para diarios; las resoluciones de autorización de las fusiones de Cablevisión y Multicanal -sin la apertura a la competencia con las telefónicas- y del ingreso de Telefónica de España (controlante de Telefónica de Argentina) en Telecom Argentina a través de Telecom Italia; y las medidas administrativas tendientes a fijar el precio del abono de la TV por cable; la millonaria estatización de los derechos de televisación del fúbtol y el uso político de esas emisiones; la distribución arbitraria de la publicidad oficial y su uso para financiar medios adictos; y la manipulación partidaria y facciosa de los medios públicos (en particular Radio y Televisión Argentina SE). A eso deben sumarse acciones de facto, como la prohibición a las empresas de retail de consumo masivo (principalmente los supermercados) para que publiciten en los diarios nacionales de mayor circulación -medida que se conoció como “cepo publicitario”- o la persecución ideológica contra periodistas y dirigentes opositores con campañas de desprestigio orquestadas de manera organizada -y con intervención de organismos de inteligencia- desde el mismo aparato de propaganda gubernamental y paragubernamental. Este fue el contexto de las políticas de comunicación  en la Argentina en los últimos 12 años, con especial énfasis desde 2005 en adelante. Estas prácticas ya habían sido aplicadas a escala local en la ciudad de Río Gallegos y en la provincia de Santa Cruz, como bien retrató en su momento el periodista ya fallecido Daniel Osvaldo Gatti en su libro El amo del feudo, de 2003.

Todas estas “políticas” se pactaron a puertas cerradas, con la excepción de la ley audiovisual, cuya base fue aportada por la Coalición para una Radiodifusión Democrática. En torno de esta norma se han generado múltiples mitos que curiosamente son asumidos y repetidos por algunos de los investigadores firmantes de la declaración. Entre ellos está el mito del “amplio debate” en “foros ciudadanos” o “audiencias públicas” por todo el país. Tal como pueden testimoniar decenas de participantes en esas reuniones, dichos foros fueron en muchos casos una puesta en escena de partidarios del gobierno anterior o simplemente de partidarios de una “idea o proyecto académico” -donde estuvo la raíz de la norma audiovisual-. Quienes intentaban plantear críticas a lo que por entonces sólo era un proyecto quedaban relegados en el orden de expositores y podían hablar cuando la mayor parte del auditorio ya se había retirado.

Tampoco fueron amplias las mayorías -con el aporte de sectores opositores- que aprobaron dicha ley, cuya falta de consenso se observa patente en los múltiples procesos de judicialización que se vivieron en los últimos seis años y que exceden ampliamente el caso del grupo Clarín (especialmente invisibilizada fue la demanda iniciada por sectores de los pueblos indígenas). No hubo tampoco mayoría abrumadora dentro de la Corte Suprema que dictaminó en favor de la constitucionalidad de cuatro artículos impugnados por el grupo Clarín (en particular, los artículos de forma que establecían disposiciones retroactivas tuvieron una mayoría mínima de 4 a 3 votos).

 

En 2009, cuando se sancionó la ley audiovisual, detrás de la parafernalia supuestamente democrática, también hubieron reuniones a puertas cerradas con empresarios del sector. Y los mismos encuentros con la Coalición fueron a puertas cerradas (dicho sea de paso, de los 21 puntos propuestos por ese grupo y que están en el corazón de la norma al menos la mitad no se aplican o se violan sistemáticamente).

 

Dicho esto, y como expresó el Foro de Periodismo Argentino (Fopea) recientemente, las leyes se deben modificar mediante nuevas leyes. Por eso, los decretos y menos los de necesidad y urgencia, aunque sean legales, no son los mejores instrumentos para este fin. Y menos aptos son las medidas administrativas. Así, la ley audiovisual de 2009 fue modificada mediante simples interpretaciones (muchas veces tiradas de los pelos) por la mayoría oficialista en la autoridad de aplicación, y también por decreto (como ocurrió con el decreto 319/2012, que creó tácitamente el cargo de vicepresidente de Afsca y le dio poderes especiales no previstos en la ley).

 

Voy a caer aquí en una falacia (lo hago de manera consciente y para ejemplificar el tipo de instrumento dialéctico usado de manera preponderante todos estos años para este tipo de debates): ¿Dónde estaban los investigadores firmantes cuando eso ocurría?  Otros estábamos contando lo que ocurría.

Las razones esgrimidas públicamente y en los considerandos de los decretos no justifican el carácter de necesidad y urgencia de las medidas. En todo caso, se trata de razones que debieran habilitar un debate legislativo amplio en el que todos los intereses involucrados puedan expresarse públicamente.

La Argentina tiene un atraso de por lo menos diez años en el desarrollo de sus redes de comunicación. Perdió varias oportunidades para poner en marcha un proceso de convergencia de tecnologías, servicios y marcos normativos en 2007 -cuando el presidente Néstor Kirchner autorizó la fusión de Cablevisión y Multicanal-, en 2009 -cuando se discutió la ley audiovisual- , y  en 2014 -cuando se sancionó la ley Argentina Digital-. Y eso, sólo por citar algunos hitos recientes en el debate público en el país en materia de regulación de la comunicación.

El atraso en la comunicación masiva y también en las comunicaciones interpersonales es especialmente grave en el interior del interior del país, donde además las fuentes de información están afectadas por realidades estructurales que ninguna de las normas que son objeto de la declaración de los investigadores resolvió. Al contrario, la ley audiovisual creó una debilidad jurídica generalizada en todo el amplio y diverso campo de los medios audiovisuales en el país, y generó condiciones para la manipulación de las líneas editoriales. No es casual que de las casi el 40% de las resoluciones adoptadas por el directorio presidido por Martín Sabbatella fuesen multas o sanciones (sobre un total de casi 4000 resoluciones, unas 1500 son multas, sanciones o castigos). La acumulación de esos castigos termina según el reglamento aún vigente en la caducidad de las licencias.

Aunque es opinable, visto los antecedentes de los últimos años era urgente y necesario desatar estos nudos. Ahora, debe cumplirse la promesa -contenida en la parte dispositiva del DNU 267- de redactar una nueva norma, convergente, que reemplace a las leyes de medios y de telecomunicaciones en una sola ley.

La utilización de los decretos es incongruente con la pretensión de construir políticas de estado, de raíces duraderas y capaces de regular una comunicación pública democrática y de superar viejos vicios en las relaciones históricas entre nuestro sistema de medios y nuestro sistema político.

Claramente, así es. Sobre decretos no puede construirse nada duradero. Como tampoco se construyó nada duradero sobre leyes aprobadas por congresos que funcionaron como escribanías manejadas a control remoto y bajo la presión del envío de recursos públicos a provincias económicamente inviables (en una suerte de clientelismo político institucional y a gran escala). Pero en este punto también es importante destacar la mirada de pasado que tuvieron los debates de los últimos años. El “sistema de medios” actual claramente no tiene nada que ver con el de los 70, los 80 o los 90. Hoy tiene otra composición, aún no suficientemente estudiada, en la que actores globales intervienen de manera directa reconfigurando todo el sistema, que además funciona de manera creciente sobre una base digital, que a su vez exige redes de comunicación más desarrolladas. Los emisores “fuertes” -para superar aquello de “potentes”- hoy ven disputada su relevancia por nuevos productores de contenidos. Evaluando el peso relativo que cada actor tiene -y mirando a las audiencias, que deberían ser los sujetos en torno de los cuales se piensan las políticas, algún día habrá que empezar a mirar para adelante.

Las críticas, por cierto válidas, a la implementación selectiva, parcial o partisana de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual por parte de la anterior administración no se subsanan eliminando o alterando por decreto los artículos centrales de la misma, sino, en todo caso, velando, en lo que compete al gobierno, por su implementación imparcial y transparente. Si, en cambio, lo que se desea es modificar dicha ley, volvemos entonces a señalar la importancia de que esto sea el resultado del debate legislativo, del amplio conocimiento público y de la participación social.

La mitología de la amplia participación social en el debate audiovisual vuelve a aparecer en este punto. Pero más allá de eso, las alteraciones por decreto no son nuevas en relación con la ley de medios -como se explicó más arriba- y tampoco con otros tipos de normas. Y es cierto, los gobiernos están para cumplir las leyes. Pero si esas leyes dejan demasiado margen para su aplicación sesgada, entonces el problema está en el diseño de la ley y no en su aplicación. La excusa de la mala aplicación para salvar una redacción deliberadamente extensa y compleja ya no parecer válidas tras seis años de aplicación de la norma. Se impone modificarla. Y hacerlo con mirada de futuro y no con carácter retroactivo para superar un pasado que el desarrollo tecnológico y, sobre todo, los cambios en los hábitos de consumo cultural de las audiencias, ya dejaron atrás. El Nomic/informe McBride fue un gran aporte en los 80, pero -aunque hay quienes sostienen su vigencia- es difícil que sirva hoy para entender el nuevo mundo. Lo que ocurre hoy lo explicó mejor McLuhan y mucho antes. Y también lo intentó Eliseo Verón en la audiencia pública convocada por la Corte Suprema antes de declarar plenamente constitucional la ley de medios, pero casi nadie lo entendió. Y los que menos, los propios jueces de la Corte.

 

Los decretos crean una nueva autoridad de aplicación en la que el Poder Ejecutivo tendrá mayoría absoluta y podrá remover “sin expresión de causa” a todos los miembros (incluso a los nombrados por las minorías). Dicha creación no augura entonces un proceso de apertura a los diferentes intereses políticos y sociales en el control, la aplicación y el diseño de la política de comunicación.

Es completamente cierto este punto: el nuevo Enacom tiene una mayoría automática oficialista, que además podrá ser cambiada cuando y como el Presidente lo desee. Así lo prevé el DNU 267/2015. Pero así ocurrió también con la ley de medios desde que se constituyó la ex Afsca, cuyo primer presidente (Gabriel Mariotto) renunció al cargo para asumir como vicegobernador bonaerense por el partido del gobierno, cuyo segundo presidente (Santiago Aragón) renunció para dejar lugar a quien la presidenta de entonces, Cristina Kirchner, quería para ese asiento, el tercer presidente Martín Sabbatella. En el medio, con Aragón como presidente, las atribuciones dadas en la ley audiovisual al directorio de la Afsca fueron modificadas por decreto para “empoderar” al “vicepresidente” (el segundo director en representación del Poder Ejecutivo), una figura que no existe en el texto legal, exigiendo que todas las resoluciones del organismo llevaran su firma para ser consideradas válidas. Ese cargo fue ocupado hasta la intervención de la Afsca por parte de la administración Macri por Ignacio Saavedra, dirigente de la agrupación ultra dirigida por el hijo de la ex presidenta, Máximo Kirchner. La estructura del directorio derogado tenía siete integrantes, dos designados por el Poder Ejecutivo, uno por cada una de las tres principales fuerzas políticas en el Congreso (un para la mayoría o primera minoría, otro para la segunda minoría y otro para la tercera). Además, había dos asientos adicionales a propuesta del Consejo Federal de Comunicación Audiovisual (Cofeca), uno de ellos debía ser un académico de alguna facultad de comunicación. Como en la práctica el Cofeca es un club de voceros políticos de los gobernadores provinciales, y la mayoría de las gobernaciones dependen del auxilio financiero del Estado federal, hasta ahora cinco de los siete integrantes de la Afsca fueron oficialistas. Aunque sería hacer historia contrafáctica o futurismo -no lo tengo muy claro- sería interesante plantear escenarios para intentar comprender cuándo este intrincado diseño podría haber dado como resultado un órgano distinto del que, con menos engranajes, creó el DNU 267. Si algún investigador creyó ver en la Afsca un ente similar a la FCC estadounidense,  tendrá que ponerse a estudiar más y más de cerca el caso argentino.

También hay que destacar aquí un caso que ejemplifica por qué el Enacom no cambia sustancialmente lo que ocurría con la Afsca en la conformación de un nuevo organismo. En 2012, la tercera minoría -tal como prevé el texto legal (en ese momento el ahora desaparecido Frente Amplio Progresista)- propuso como integrante de la Afsca a un candidato (el único técnico que hubiese integrado ese directorio, Alejandro Pereyra) que fue rechazado por la presidenta Cristina Kirchner que no aceptó su nombramiento. En otras palabras, en la norma anterior también era el Presidente el que decidía en última instancia quién ingresaba o no al directorio (ahora, a esa competencia suma el hecho de poder removerlo cuando lo desee).

Argentina avanzó recientemente en una construcción institucional de las políticas audiovisuales que no sólo involucró al Poder Ejecutivo, sino que fue fruto de un debate público, legislativo y de un fallo de la Corte Suprema de Justicia. Los tres poderes del Estado coincidieron, en consonancia con las regulaciones de las democracias estables, que la libertad de expresión y el pluralismo precisan restricciones a la concentración de la propiedad de medios. Como todo, puede discutirse cuáles son los mecanismos idóneos para establecerlas, pero parece problemático cancelar dicho debate (sobre la premisa empíricamente infundada de la inexistencia de la concentración en nuestro país), eliminar sin argumento varios de los principales límites a la concentración fruto de la ley aprobada por el Congreso, y decretar un marco opuesto como un hecho consumado.

Si hubo -y aún hay- alguna cosa débil en la Argentina actual son precisamente sus instituciones. Pero en cualquier caso, el debate sobre la concentración no puede reducirse a la escala nacional en un mundo globalizado. De hecho, seis años de aplicación de la ley audiovisual alentaron la extranjerización en la país de su industria audiovisual, donde el principal productor nacional terminó siendo el Ministerio de Planificación Federal con su esquema -paradójicamente no institucionalizado- de subsidios a las ficciones de TV (muchas de ellas de carácter partidario)-.

El debate de los últimos siete años acerca de estos temas tuvo una muy alta dosis de ingenuidad que parece no haber menguado a pesar de la experiencia acumulada.

 

El relajamiento de los límites a la propiedad generará consecuencias importantes sobre un sector fuertemente propenso a las economías de escala, beneficiará a los mayores grupos y, con toda probabilidad, consolidará la dominación del sector por parte de muy pocos conglomerados, lo que no constituye solo un problema que afecta la competencia económica, sino que atañe a la libertad de expresión y a la calidad de nuestra democracia.

En un contexto globalizado, como ya se ha dicho, la concentración no puede medirse sólo a escala nacional y menos de manera segmentada por servicios, plataformas o tecnologías (como está previsto de forma asimétrica -distinto según se trate de entes provenientes de la radiodifusión o de las telecomunicaciones- en la regulación vigente). ¿Google no tiene acaso el 90% del mercado de servicios de búsqueda? ¿Por qué las políticas de comunicación no le ponen un tope, teniendo en cuenta que Google es la principal puerta de entrada a la información y el conocimiento para buena parte de la ciudadanía? ¿Netflix no tiene acaso el 90% de los servicios de video a demanda? ¿Debería eso analizarse con el criterio de concentración que se aplicó a los cableoperadores en la ley audiovisual? Impedir a los cableoperadores o a las empresas telefónicas llegar a más de 24 localidades -como estaba previsto en la ley de medios- no genera más competencia sino que sólo hubiese creado monopolios locales que terminarían dando peores servicios o precios igual de caros e impactaría sobre el nivel de inversiones necesarios para expandir las redes y los anchos de banda.

Pero además, el “relajamiento” de los topes a la “concentración” que se le atribuye al DNU 267/2015 no son significativos, como se explicará más adelante.

Además, todo esto se vuelve irrelevante si se considera que la ex Afsca permitió -gracias a interpretaciones tiradas de los pelos o a convenientes y simples miradas al costado- superar ampliamente los topes previstos originalmente en la ley y derogados luego por el DNU del presidente Macri. Es cierto que ese decreto elimina el tope de 24 licencias para la TV por cable al transferir la regulación de ese sector de la ley audiovisual a la ley de telecomunicaciones, pero el resto de las modificaciones no son significativas -o son igual de significativas que los topes anteriores-: el tope de licencias audiovisuales de alcance nacional pasa de 10 a 15 para un mismo operador, y de 3 a 4 las licencias permitidas en una misma localidad. Sí se elimina el tope del 35% del mercado para los operadores privados -algo que, por ejemplo, en el despliegue de la plataforma estatal de televisión digital terrestre no estaba cumpliéndose para los privados que habían sido privilegiados con una invitación especial para estar al aire en todas las plantas transmisoras-. Pero por otro lado, ¿Por qué el tope se había fijado en 10 licencias? “Por que así lo decidió el legislador”, repitieron estos años los impulsores de la ley audiovisual sin más explicación sobre la racionalidad de esos números, que lógicamente no están en la naturaleza.
Finalmente, y ya como conclusión, me parece que los investigadores en comunicación provenientes del estudio de la radiodifusión deberían abandonar el enfoque reduccionista y permitirse abrir el espectro a un análisis más amplio, abarcativo de los nuevos fenómenos de la comunicación masiva y de la comunicación interpersonal, que el nuevo paradigma digital transformó radicalmente con la masificación del acceso a Internet, en general, y del acceso desde distintos tipos de redes y dispositivos, en particular.

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2 responses

11 02 2016
quipu2012

Leí tu comentario, José. Mi respuesta es a a título personal (no soy vocero del grupo de investigadores con el que escribimos la declaración que motivó tu texto). Desafortunadamente mi respuesta no puede aceptar los términos de un debate, por lo que sigue a continuación: en general aprecio tu trabajo periodístico que suele ser documentado y, más allá de que critico el énfasis ideológico y opinativo de tus producciones, encuentro que hay una laboriosa reconstrucción de hechos y que esa es una contribución informativa.

Tu comentario, en cambio, muestra una acumulación de opiniones descalificadoras para con los firmantes de la declaración que oscilan entre la selección interesada y sesgada de ciertos planteos, a cambio de ocultar los que no sirven a la descalificación, y la falsificación lisa y llana de otros planteos. En criollo: decís que decimos cosas que no decimos, para, a partir de allí, montar veredictos y aserciones que, cuando no nos colocan en el lugar de la hipocresía, nos colocan en el de la estupidez.

Si la lógica deductiva guiara tu comentario, diría que al demostrar (como haré) la falsedad de premisas fuertes de tu planteo, entonces se deduciría la inconsistencia de tus sentencias. Pero vos mismo reconocés que usás el argumento de la falacia en un caso, lo que me releva de señalarlo. La falacia no se limita a un caso, sino que contamina el escrito entero. La más recurrente, pero no única, de las falacias que emplea tu comentario es la del “hombre de paja”, tergiversando (cuando no inventando) supuestos argumentos de nuestra Declaración para refutar con ellos no esa versión tergiversada, sino la Declaración misma.

Otra de las falacias de tu comentario es el argumento ad hominem. Así como hubo comisarios políticos que apelaron al bajo recurso de “qué hizo X durante la Dictadura” como estrategia de descalificación (como si no haber cumplido con un inverosímil decálogo de comportamiento en la dictadura -que esos comisarios políticos, huelga decirlo, tampoco observaron- invalidara toda opinión posterior), tu comentario lo recrea con la pregunta retórica de qué hicimos los firmantes durante el kirchnerismo. Aún si los firmantes pudieran encasillarse en el caricaturesco comportamiento que endilgás, la crítica al presente sería igualmente atendible. Pero, en rigor, los hechos y las sospechas que sembrás son falsas:

Es falso que entre los firmantes haya alguien que participara de la redacción de la Ley de Servicios de la Ley Audiovisual;

Es falso que entre los firmantes no se hicieran críticas a la ley audiovisual;

Es falso que entre los firmantes no se objetaran cuestiones medulares de la implementación de la ley audiovisual (en los distintos capítulos normados por dicha ley);

Es falso que entre los firmantes se subestimara o no se cuestionaran otras políticas centrales de comunicación de los gobiernos kirchneristas (aparte de la implementación de la ley audiovisual).

Evidencia de ello es una producción abundante de libros, artículos y escritos (la mayoría disponible en Internet, muchos de ellos en mi blog), participación en debates púbicos, organización de seminarios, e innumerables entrevistas y notas en medios de todas las orientaciones políticas, privados comerciales, sin fines de lucro y estatales, además de una intensa actividad en redes sociales. En muchos casos, esa producción sintetiza años de trabajo empírico y conceptual que, a modo de ejemplos, documenta con datos los niveles de concentración de la propiedad de los medios en la Argentina y en otros países de la región; analiza las políticas de medios en América Latina identificando regularidades y, cuando correspondía, los abusos estatales por discrecionalidad o por impulsar normas que contravienen los estándares sobre libertad de expresión, en particular examinamos las leyes Resorte y el caso RCTV, la Ley Orgánica de Comunicación de Ecuador, la Reforma de las Telecomunicaciones de México o la ley audiovisual de Uruguay; expone los usos y abusos de los recursos públicos como publicidad oficial de los gobiernos nacional (entonces FpV), de la Ciudad de Buenos Aires (PRO) y de la Provincia de Buenos Aires (entonces FpV); demuestra la incongruencia entre el discurso hiperbólico de la “democratización de las comunicaciones” y la muy escasa atención al sector sin fines de lucro en la aplicación de políticas; detalla la intemperancia y nula apertura al debate plural y diverso en la gestión de la línea de informativos y programación política de los medios del Estado y el consecuente incumplimiento de las disposiciones de la ley audiovisual; precisa los errores y aciertos en la implementación del proceso de digitalización de la televisión; estudia las novedosas señales temáticas audiovisuales creadas por el Estado y su salto cualitativo en términos de pantalla; observa la persistente tercerización de la programación en medios estatales; indaga y aporta información sobre las relaciones íntimas entre sistema político y empresas de medios, entre muchas otras aristas que hemos analizado con insistencia. En ese análisis -como corresponde al ejercicio intelectual- no faltó la crítica. Varios hemos pagado esa crítica recibiendo como respuesta descalificaciones por parte de los voceros más intolerantes del oficialismo anterior. Ocasión para preguntarse sobre rupturas y continuidades con los voceros del oficialismo actual.

Otra parte de tu comentario reitera tu conocida prédica contra la ley audiovisual. Como nuestra Declaración no abona tu prédica, la complementás con una selección intencionada de elementos que exhibirían el desatino de nuestro documento. Pues bien, disentimos. Lo que llamás “ley de medios” (lo que es incorrecto, dado que la ley audiovisual no regula ni medios gráficos ni Internet) fue fruto de un debate social y político y de una mayoría parlamentaria que, contra lo que afirmás (y consta en las actas de Diputados y del Senado), excedió al kirchnerismo. Se trata de una agenda, además, que precede al kirchnerismo. Varios de los firmantes somos testigos directos (y discípulos) de debates que se iniciaron en el gobierno de Raúl Alfonsín. La agenda por la libertad de expresión no tiene fecha de caducidad, aunque en tu comentario pretendas endilgarnos un credo que en tu perspectiva es anacrónico. Para ello te servís de citas que nuestra Declaración ni hace ni sugiere siquiera. A continuación, con una asombrosamente superficial sentencia de muerte de esas citas -que, además, transcribís mal, es decir, con errores también en la referencia-, abonás un veredicto cuya base misma es inventada: nuestra declaración no cita el NOMIC ni el Informe MacBride ni a McLuhan. Esos y por supuesto muchísimos otros autores, referencias y trabajos son materiales que atendemos con el mismo interés que el que nos despiertan las sentencias de tribunales europeos contra Google; la controvertida aplicación de la ley de telecomunicaciones mexicana; las repercusiones del escándalo de “News of the World”; las argumentaciones de los principales grupos concentrados de la prensa peruana; los problemas de Uber en Uruguay; las decisiones de la FCC acerca de la neutralidad de la red o la redefinición del servicio público en Gran Bretaña. Investigamos estos temas, nos documentamos. No vamos a pedir permiso para revisar fuentes documentales ni somos fetichistas del presente como para desmerecer la lectura de aportes realizados en una fértil historia del pensamiento sobre medios y tecnologías. Somos igualmente iconoclastas con las dicotomías falsas (¿MacBrideanos vs. Mcluhanianos?) que exponés con las citas que nos endilgás.

Una de las finalidades explícitas de tu comentario es, en nombre de la condena a libro cerrado de la etapa kirchnerista, justificar la política de medios presente, que nuestra Declaración critica. Pues bien, nuevamente la lógica argumental parece endeble: aún si el kirchnerismo hubiese cambiado la regulación por decreto (que no lo hizo), aún si no hubiera promovido un proceso de foros y audiencias en todo el país más allá de las exigencias formales inherentes a la tramitación de una ley (que sí hizo), aún si sólo hubiera aprobado las leyes en el Congreso con los votos oficialistas siendo contingentemente mayoría (que no lo hizo: de hecho los legisladores de tres de las cuatro últimas formaciones políticas con mayor cantidad de votos en las elecciones presidenciales apoyaron esa ley), aún si hubiera dispuesto que el presidente podía remover “sin expresión de causa” a los integrantes de la autoridad regulatoria (que no lo hizo)… todo eso no inhibibiría, de ninguna manera, la crítica a las políticas actuales. Siguiendo este peculiar criterio, debería aprobarse también a libro cerrado la ley audiovisual ya que ésta reemplazó un cambalache normativo originado en un decreto de Videla que exaltaba la Doctrina de la Seguridad Nacional y que fue empeorado por sucesivas administraciones constitucionales a posteriori.

El ex COMFER, al estar intervenido, dependía pura y exclusivamente del Poder Ejecutivo: ¿no hubo entonces autoritarismo y discrecionalidad? Sin embargo, si aplicara el atajo adhominista al que tu comentario es tan aficionado, diría que no se te ha visto criticar al COMFER. En cambio, muchos de los firmantes de la Declaración sí lo hicimos, como también criticamos las tropelías del kirchnerismo en la exAFSCA y ahora la subordinación del ENaCom al PEN.

Cuando el kirchnerismo operó a puertas cerradas, como afirma tu comentario, merecía crítica -y en algunas hemos coincidido- pero si el macrismo opera a puertas cerradas, está eximido de crítica… porque el kirchnerismo operó a puertas cerradas. Asombroso.

Lo que a muchos de los firmantes nos motivó el apoyo a los objetivos de la ley audiovisual fue el reconocimiento de la libertad de expresión como un derecho social amplio, colectivo, lo que supone obligaciones para el Estado no sólo en términos de eliminar la censura (directa e indirecta) sino también en la provisión de políticas activas para garantizar que todo ciudadano pueda recibir, investigar y difundir ideas diversas en los distintos medios. Como dice el fallo de la Corte Suprema de Justicia que validó la constitucionalidad de la ley audiovisual, para ello es preciso limitar la concentración de un sector que es clave en la tramitación de ese derecho social. Esos derechos están consagrados en la ley audiovisual y a mi juicio fueron desatendidos o incumplidos por el mismo gobierno que la impulsó. Pero el incumplimiento de obligaciones del Estado para garantizar derechos no convierte a éstos en obsoletos.

En este sentido, tus consideraciones sobre cómo medir la concentración se inscriben en una de las tradiciones que conocemos, respetamos y trabajamos desde hace años, junto con otras contribuciones. Hacerlo no nos convierte ni en demonizadores de la concentración (algunos somos especialistas en economía política de la comunicación, lo que supone como es elemental comprender el funcionamiento de economías de escala y la articulación de cadenas productivas complejas en un escenario global de realización) ni en cínicos exégetas de esa concentración al considerarla un fenómeno “actual” sobre el que es imposible o “atrasado” proponer regulaciones que protejan el interés público. Esta última posición es tributaria de otra falacia a la que son muy afectos los defensores de la concentración de medios: la apelación a la novedad. A ello respondo: ¿qué hay de nuevo, viejo?

En suma, tu comentario postula que nuestra Declaración se inscribe en la dinámica K/AntiK. Pues no. Gobierna Macri, quienes estudiamos políticas de medios y tecnologías analizamos y criticamos las políticas públicas. Lo hicimos antes, lo hacemos ahora, lo haremos en el futuro.

Finalmente, nos aconsejás qué deberíamos hacer y qué temas tendríamos que estudiar. Bueno, con todo respeto, José, si la intención era iniciar un debate, el consejo y la arrogancia sobran.

Martín Becerra

12 02 2016
José Crettaz

Reconozco que tu foto en el avatar de Facebook y Twitter (con guantes de box y en posición de pelea) me da un poco de miedo, pero como soy más inconsciente que cobarde, acá va mi respuesta (intenté que fuera corta, pero no hay caso, no me salió).

No quisiera que quienes nos leen se queden con un resumen equivocado: “Vos sos falaz. No, vos sos más falaz. No, vos. Vos, más. Fin del debate”.

Iba por ese camino, y me fui sumergiendo en el barro más y más. Hasta que llegué a este apartado…

Sobre la cuestión de fondo
“Lo que a muchos de los firmantes nos motivó el apoyo a los objetivos de la ley audiovisual fue el reconocimiento de la libertad de expresión como un derecho social amplio, colectivo, lo que supone obligaciones para el Estado no sólo en términos de eliminar la censura (directa e indirecta) sino también en la provisión de políticas activas para garantizar que todo ciudadano pueda recibir, investigar y difundir ideas diversas en los distintos medios. Como dice el fallo de la Corte Suprema de Justicia que validó la constitucionalidad de la ley audiovisual, para ello es preciso limitar la concentración de un sector que es clave en la tramitación de ese derecho social.”

Comparto palabra por palabra, especialmente en algunos aspectos como la eliminación de la censura directa e indirecta (eso remite a pauta oficial y a la ley antiterrorista) y el acceso de cualquier ciudadano a la información (eso remite a acceso a la información pública). Y por supuesto, coincido con los límites a la concentración económica en general (lo que remite a la ley de defensa de la competencia, cuyos mecanismos nunca se pusieron totalmente en marcha) y en el ámbito de la comunicación, en particular (lo que nos trae finalmente hasta las leyes de medios audiovisuales y de telecomunicaciones).

Pero sigo sin entender cómo un instrumento legal tan brutal, anticuado y elefantiásico como la ley audiovisual argentina -lamentablemente calcada además en otros lugares, como Uruguay- podría conseguir aquellos objetivos. ¿Dónde están en ese texto las garantías contra la censura? Yo lo veo al revés y creo que hay hechos que me dan la razón: ese texto legal introdujo nuevos mecanismos de censura y autocensura que se manifiestan de manera clara en el sistema punitorio previsto -en el que la ex Afsca puso además mucha atención a juzgar por el número de resoluciones que destinó a multas y sanciones-. ¿Dónde están las garantías para el acceso a la información pública? Nunca como en esta época fue más difícil saber quiénes son los verdaderos dueños (a lo que dedico buena parte de mi trabajo periodístico cotidiano, a riesgo -según me dicen- de cerrarme la puerta a potenciales empleadores en el futuro).

Creo que seis años de vigencia de la ley audiovisual permiten juzgar sus resultados, ya no solamente la letra o el espíritu. Que se haya aplicado “poco y mal” -muletilla que está poniéndose vieja- no invalida ese balance. Considero que la evaluación de esos resultados (salvo honrosas excepciones, entres las que está tu trabajo) no parece interesar a las carreras de comunicación en las que se predica una suerte de dogma sobre la ley audiovisual de manera a-crítica y sin revisar siquiera hechos simples y hasta googleables (yo he escuchado a estudiantes avanzados referencias constantes a cosas que no existen, como “los canales de televisión de pueblos originarios”. Así, en plural).

Aquel párrafo final de tu réplica, con el que empecé esta respuesta, me devolvió el optimismo sobre la posibilidad de que renuncies a la renuncia al debate, con el que arrancás tu texto. Pero no tengo más remedio que volver al barro porque en tu texto hay consideraciones personales que si callara concedería.

Porque respeto el rigor de tu trabajo y sobre todo tu honestidad intelectual siempre te consulté para mis notas cuando lo consideré oportuno y por lo mismo, me permití aportar mis comentarios a la declaración de los investigadores pensando que abría un debate que ahora encuentro prematuramente clausurado. La imagen que tengo de vos siguió intacta aún después de que me acusaras de macrista/oficialista (cuando el nuevo gobierno no había cumplido ni siquiera un mes en el poder). Sólo atiné a decirte: “Estás enojado”. Ahora creo que seguís enojado.

Es una gran carencia que sigamos sin “debate duro” -como lo llamó hoy Roberto H. Iglesias- sobre una ley que destruyó el sector privado audiovisual y terminó concentrándolo aún más de lo que estaba, que dejó indefensos a cientos -tal vez miles- de radiodifusores, que no generó empleo, que estancó el desarrollo de redes de comunicación más robustas en áreas muy necesitadas de ese recurso y que convirtió al Estado en un actor especialmente preponderante con todos los riesgos que ello lleva implícito en el contexto latinoamericano.

Sobre el kirchnerismo
Como criterio general, me parece que el progresismo -quiera o no- tendrá que resolver qué hacer con el kirchnerismo para seguir adelante. O lo rescata del destierro al que lo está empujando el peronismo y lo adopta para hacerlo suyo despojándolo de su gen corrupto y abusivo del Estado (“patrimonialismo”, término que aprendí de vos) , o lo deja allí para que se una definitivamente a la izquierda tradicional (buena parte de la cual ya ha dicho que no desea ese rejunte). Esta es una incógnita del sistema político argentino post 10/12/2015 pero que ya tuvo manifestaciones políticas anteriores, como la pérdida de votos del socialismo donde se había hecho fuerte y la condición testimonial a la que fue reducido el frente Progresistas en la última elección presidencial. Es decir, lo quieras o no, es también un problema tuyo, más aún desde tu desembarco en la política partidaria en Izquierda Democrática.

A mi, en cambio, la lógica K-Anti K no me preocupa (la veo superada por los hechos). Lo que sí me preocupa es la herencia autoritaria, hegemónica y centralista de la comunicación que deja el kirchnerismo y que forma parte de una herencia cultural con la que deberemos lidiar como sociedad.

Me alegra verte volver sobre tus propios pasos cuando pedís que debatamos a “libro abierto” la etapa kirchnerista. Hagámoslo. Pero hablar de una etapa macrista, y decir que yo la defiendo, me parece un poco prematuro. Y contradictorio con lo que también reconocés: que es conocida mi “prédica anti ley audiovisual”. En todo caso, el nuevo gobierno se sumó a esa prédica y no yo a la defensa de esas políticas (igual, prefiero no abonar esa idea porque me recuerda cosas que decían viejos periodistas en contextos de cambios drásticos de gobierno).

Sobre los antecedentes

Que yo conozca, este es el primer pronunciamiento en su tipo firmado por este conjunto de investigadores. Por supuesto, algunos de ustedes tienen antecedentes en cuestionar algunos aspectos de las políticas de comunicación de los últimos años. Por mi parte, considero que lo que más abundó es el análisis celebratorio de muchas decisiones de los poderes públicos. Y sobre la ley de medios en particular, hubo críticas a la aplicación pero poco o nada se ha dicho sobre su letra, el diseño de sus instrumentos o sus disposiciones, muchas de las cuales tenían destinatarios con nombre y apellido (a favor o en contra), como se suele reconocer “a puertas cerradas”.

En ese sentido, cada uno debe hacerse cargo de la responsabilidad que le toca, que es en principio siempre es una responsabilidad individual.

La declaración de los investigadores incluye un sólo párrafo de crítica a la política vigente en los últimos años y parece una mera concesión -básica en cualquier argumentación- para reforzar sus planteos de fondo. Y tengo que corregirte: el kirchnerismo sí cambió la regulación por decreto, como nos recordó -aunque no te guste, Roberto H. Iglesias- y lo hizo en un aspecto clave: la validez de las resoluciones de la autoridad de aplicación.

“Cuando el kirchnerismo operó a puertas cerradas, como afirma tu comentario, merecía crítica -y en algunas hemos coincidido- pero si el macrismo opera a puertas cerradas, está eximido de crítica… porque el kirchnerismo operó a puertas cerradas. Asombroso”, me decís. Podría contestarte que pongas ese párrafo en el espejo y donde pusiste “kirchnerismo” pongas “macrismo” y viceversa. Pero el debate sería enriquecedor si encontráramos los casos concretos a los que referirnos para no discutir sobre generalidades.

Sobre las falacias
En los últimos diez años, las falacias en general y la del género ad hominem en particular invadieron y colonizaron dramáticamente el debate público. El carácter siempre fraudulento de esos argumentos se vio potenciado por ser el recurso preferido del enorme aparato comunicacional gubernamental y paragubernamental que buscó concentrar la información en un relato único dominante. Los periodistas profesionales fuimos blanco de esas falacias y nuestros nombres e fotografías estuvieron en los medios públicos asociados a todo lo malo imaginable, a veces a simples connotaciones peyorativas (que en general tomaron forma de “hombre de paja”), a veces a delitos de lesa humanidad (ahí sí, casi siempre en forma de calumnia -con casos paradigmáticos como los de Magdalena Ruiz Guiñazú y Jorge Fontevecchia-).

Fue en los medios públicos y en muchos privados adictos a la publicidad u otros favores oficiales donde reinaron los comisarios político. Hay una larga lista de testigos que pueden dar fe (y hasta nombres). Hay comisarios políticos ya jubilados que llaman para pedir que no se les recuerde lo que fueron hasta hace pocos días. Esos comisarios no se andaban con metáforas como las que vos planteás sino con hechos concretos que afectaron la vida cotidiana de muchas personas y sus familias. En Canal 7 el comisariato no fue una metáfora.

Sobre las mayorías
Ofenderte por considerar que se te acusa de kirchnerista o porque creés que estás siendo blanco de la falacia ad hominem es esquivar el debate. Si hubo algo escaso en torno de la sanción de la ley audiovisual de 2009 es precisamente debate (sí, y no me vengan con que fue la más discutida de la historia y la más democrática y todo eso si no tienen algún elemento objetivo para aportar). Eso sigue pasando: dirigentes políticos y académicos que piensan idéntico se reúnen a debatir -y, claro, se aburren-. Pocas cosas más absurdas. Eso pasó y sigue pasando en torno de la ley audiovisual en muchos ámbitos.

Los foros a los que hacés referencia no fueron tan amplios y democráticos como la mitología alrededor de la norma hizo creer, tampoco fueron amplias las mayorías que aprobaron la norma aunque insistas en ello, y no fue lapidario el fallo de la Corte Suprema que en aspectos clave, como la retroactividad de la norma, salió con una mayoría ajustada de 4 a 3 votos.

La mayoría parlamentaria excedió al kirchnerismo sólo en un par de casos puntuales, el Partido Socialista de Santa Fe, que acompañó el proyecto un poco por convicción y otro poco porque quería tener su propia corporación de medios públicos (que a más de seis años de sancionada la norma todavía no está funcionando a pleno). El otro caso conocido es el de Proyecto Sur, que conducía Fernando Pino Solanas cuando aún no había asumido como senador. Es un ejercicio interesante y hasta tragicómico escuchar sus declaraciones previas a las sesiones en diputados y senadores y escuchar a los mismos dirigentes opinar sobre la ley y su aplicación dos o tres años después (no digo, seis, sólo dos o tres años después, y hasta incluso antes). Hay legisladores que defendieron la ley y que han escrito libros sobre su desilusión (el caso de Silvia Vázquez es paradigmático, tanto como su libro “De los K a los Qom”). El problema de la ley audiovisual es que tiene como peor testigo en su contra al paso del tiempo y la casuística nefasta que fue generando.

Alguno de los firmantes de la declaración estaba investigando el alcance y la relevancia de los foros y audiencias convocadas por el kirchnerismo antes de la sanción de la ley de medios. Ojalá tengamos pronto sus conclusiones.

Acerca del argumento de que los legisladores de “tres de las cuatro últimas formaciones políticas con mayor cantidad de votos en las elecciones presidenciales” apoyaron la ley es muy bueno, te lo reconozco. Aquí me hubiese encantado hacer un ejercicio bien stalinista, pero sólo por diversión y para ayudar a entender de qué estamos hablando. Tomaría varias fotos de la presentación a mediados de 2009 del proyecto de ley en el Teatro Argentino de la Plata y borraría a cada uno de los ilustres asistentes a ese evento que fueron abandonando el credo hegemonicista y cuestionando los objetivos de la ley. ¿Cuántos huecos quedarían en la foto? Se pueden criticar las políticas actuales, lo que es criticable -valga la redundancia- es hacerlo sin considerar de dónde venimos.

Sobre la “hipocresía” y la “estupidez”
Sería interesante retomar el debate sobre los parámetros regulatorios aún vigentes y dejar a un lado las cuestiones personales, pero reconozco que el estómago tira más y parece no haber más remedio que seguir en ese barro. Como ya le respondí en privado a algunos de los firmantes, hay que reconocer que entre los 40 hay distintas posiciones y trayectorias. Como te comenté alguna vez, en medio de alguna de las reyertas por la “aplicación de la ley”, cada uno debe ser responsable de lo que hizo o dijo, o dejó de hacer o de decir. Y sí, hubo y hay mucha hipocresía. Entiendo que te duela porque vos estás lejos de ser uno de los casos porque fuiste acusado de kirchnerista por unos y de antikirchnerista por otros en tus planteos sobre la aplicación de la ley audiovisual.

Y sí, también hubo mucha estupidez. Estupidez, en cambio, es un término un poco fuerte porque se usa siempre como insulto. Pero en alguna medida es acertado si se considera que refiere en última instancia a la “falta de comprensión”. Sigo convencido de que, tal vez fruto de una visión anticuada, hay cierta falta de comprensión al menos en dos planos: en dimensionar adecuadamente la gravedad de muchos episodios de la historia inmediata argentina, y en advertir la profundidad de las transformaciones que experimenta la sociedad, la política, la economía, y el “sistema de medios”, por la globalización en la propiedad de los medios, la atomización de las audiencias, la fragmentación de la oferta y la consiguiente crisis de los modelos de financiamiento de la producción de contenidos (detrás de todo lo cual está la digitalización de buena parte de lo que hacemos). Quienes estamos dentro del sistema de medios -en empresas tradicionales o en nuevos medios- lo experimentamos a diario en carne propia.

Sobre las supuestas “falsedades”
Yento a tu punteo, respondo con otro punteo:

“Es falso que entre los firmantes haya alguien que participara de la redacción de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual”

¿Es falso que algunos de los firmantes integraron o asesoraron a la Coalición para una Radiodifusión Democráctica, cuyos 21 se supone están en el corazón de la ley? No digo que estuviesen al lado de Damián Loreti cuando se dio vida a cada artículo, pero yo creo que aquello fue participar en la redacción de la ley. Máxime cuando en el texto de la norma hay párrafos calcados de los 21 puntos. Para mi, es verdadero.

“Es falso que entre los firmantes no se hicieran críticas a la ley audiovisual”

Como ya mencioné, entre los 40 hubo -lógicamente- distintas posiciones (incluso referidas al foco que cada uno tiene en su trabajo intelectual). Lo que abundó fue más bien la crítica a la “aplicación de la ley”. La mayoría de los firmantes se cuidaron siempre de criticar el texto de la ley y, en especial, el supuesto “espíritu” de la norma. ¿Podés citarme alguna crítica consistente al diseño, alcance o dimensión de la norma? Tal vez se me pasó.

“Es falso que entre los firmantes no se objetaran cuestiones medulares de la implementación de la ley audiovisual (en los distintos capítulos normados por dicha ley)”

Es cierto, muchos objetaron cuestiones centrales en la aplicación (en particular, y como ya dije, vos mismo). Tal vez es sólo una percepción mía, pero noté mayor énfasis en justificar determinados procedimientos contra algunos de los grupos en situación de adecuación que la falta de adecuación de algunos otros grupos. Son muchos los firmantes y fueron distintas las actitudes, es cierto. Todos decidieron estar juntos en esta primera declaración.

“Es falso que entre los firmantes se subestimara o no se cuestionaran otras políticas centrales de comunicación de los gobiernos kirchneristas (aparte de la implementación de la ley audiovisual)”.

¿Es falso que es la primera vez que se pronuncian así sobre políticas de comunicación? No, no es falso. A mi me resulta muy llamativo sugerir la afectación de la “libertad de expresión” por la modificación por DNU de una ley sin hacer referencia ni siquiera velada al contexto del que recién empezamos a salir: apenas comenzamos a experimentar las consecuencias de muchos años de manipulación de los medios públicos, del crecimiento irresponsable de la pauta oficial con un reparto discrecional (con un manoseo de varios cientos de personas que no saben si tienen o no trabajo), del bloqueo en el acceso a la información pública, de una deliberada aplicación sesgada de leyes como la audiovisual, la de telecomunicaciones y la de defensa de la competencia, de la sanción de normas peligrosas no sólo para la libertad de expresión sino para el mismo estado de derecho, como la ley antiterrorista, y de una lista larga de flagelos que todos ya conocemos. ¿Hubo declaraciones de este tipo en aquellas ocasiones?

“Se trata de una agenda, además, que precede al kirchnerismo. Varios de los firmantes somos testigos directos (y discípulos) de debates que se iniciaron en el gobierno de Raúl Alfonsín. La agenda por la libertad de expresión no tiene fecha de caducidad, aunque en tu comentario pretendas endilgarnos un credo que en tu perspectiva es anacrónico”.

Precisamente, porque la agenda de la libertad de expresión no tiene fecha de caducidad, es aún más llamativa la omisión a los constantes y sistemáticos ataques que la libertad de expresión recibió estos años.

“Nuestra declaración no cita el NOMIC ni el Informe MacBride ni a McLuhan. Esos y por supuesto muchísimos otros autores, referencias y trabajos son materiales que atendemos. (…)”

En ningún momento digo que los citen. Yo soy el que lo cita (mal, y te agradezco la corrección). Debe ser porque justo estuve estos días leyendo y releyendo un par de textos y me topé con Ramón Zallo sosteniendo la vigencia del informe McBride y con Carlos Scolari compilando viejos textos de McLuhan y algunos de sus discípulos. Además, consideré oportuno homenajear a un académico celebrado “pero con recortes”, como Eliseo Verón, que cometió el “pecado final” de ponerse del lado de Clarín nada más ni nada menos que en una audiencia ante la Corte Suprema (y encima poco tiempo antes de morir). Ojalá nadie haya quemado sus libros, pero a juzgar por los ataques personales que recibí desde que publicaste tu respuesta, no lo descartaría.

Sobre la prédica contra la “ley audiovisual”
Todos tenemos sesgo cuando opinamos, siempre. Aún cuando aportamos hechos (porque siempre serán hechos que seleccionamos y recortamos). Todas las investigaciones que enumerás son concretas y reales. Yo puedo aportar mi propia lista -no desde la investigación académica pero sí desde la periodística, que en muchos casos resultó referencia y hasta insumo para el trabajo académico de otros-, pero esto sería todavía más largo y seguiríamos lejos del foco del debate.

Si mi prédica “contra la ley audiovisual” fuera tan conocida, no te hubiesen molestado tanto mis comentarios a la declaración. Lo que realmente es una pérdida de tiempo es discutir si hay que llamar a la norma “ley de medios” o “ley audiovisual”. Yo escribo en medios generalistas para públicos no especializados. Fue el gobierno anterior el que instaló en el público la marca “ley de medios”. Con ese “lector modelo”, a mi “ley audiovisual” sólo me sirve como sinónimo. Cuando hablo con vos, uso el término “ley audiovisual” (porque entiendo, respeto y comparto la mirada que lleva a distinguir las dos expresiones). Pero es otra pelea inútil (una más).

Sobre “cambalache(s) normativo(s)”
Teníamos un cambalache normativo con el decreto de Videla, que terminó ampliado y amplificado (el cambalache) por la ley audiovisual modificada por resoluciones y un decreto por el gobierno que la sancionó, superpuesta años después con la ley Argentina Digital -que la derogó parcialmente- y aplicada con una lógica de persecución política y económica por sectores ultras que no casualmente terminaron al frente de los organismos de aplicación.

No me viste criticar al Comfer porque era y soy un purrete irreverente. De todas formas, tengo mi artículo firmado en la revista MedioMundo, de la Facultad de Comunicación de la Universidad Austral, de 1996 o 1997, en la que, mirá vos, sí lo critico. ¿Pero no era ese tipo de acusación propia de un “comisario político”? ¿Vos también caes en falacias?¿Serán las falacias propias de la condición humana? Sí, sí y sí.

El ex Comfer, la Afsca (pseudodemocrática) y el Enacom no tienen prácticamente diferencia en su constitución. Veremos en su ejercicio. Y habrá que ver también cómo queda ese organismo en una eventual nueva ley convergente que reemplace el actual cambalache normativo (prefiero llamarlo Frankenstein por el corte y pegue que quedó) hijo de la ley audiovisual, la ley Argentina Digital y el DNU 267/2015.

Sobre la concentración
Yo no defiendo la concentración ni acepto que me pongas en ese grupo. Sí me gustó tu referencia tácita a cierta tradición a la que yo aparentemente adscribo. Ojalá reveas tu decisión de no debatir y puedas ampliarme ese comentario (en serio, me interesa). Lo que sí digo es que no se puede hablar de concentración hoy como si estuviésemos en los 80 o en los 90. Y sí creo que hay algo nuevo, viejo. Ni el satélite, ni el cable ni ninguna otra tecnología cambió tanto el “sistema de medios” como las redes digitales, que además tienden a la simetría en su capacidad de transmisión. Creo que este es un buen punto de partida para avanzar en argumentos que sostengan qué cosas cambiaron y qué cosas son permanentes en ese análisis. Pero no, acá seguimos, en el barro.

De ninguna manera es atrasado proponer regulaciones para proteger el interés público, al contrario. Pero esas regulaciones deben ser eficaces en ese objetivo. Y deberíamos evaluar su eficacia para profundizarlas o corregirlas. ¿Cuándo empezamos?

En este punto, igual, quisiera agregar una consulta que no quiero que suene a chicana porque no lo es. ¿Cuánta formación económica promedio tienen quienes se dedican en el país a la “economía política de la comunicación”? Teniendo en cuenta, además, que la propia economía básica está siendo revolucionada en conceptos fundacionales -como el de escasez-. Y no es chicana sino interés genuino porque encuentro que en otros ámbitos regulatorios se plantean reclamos similares, como el de Crisanto Plaza en su muy interesante “Ensayo sobre la regulación de la tecnología”, que pide un “more economic approach” en la producción de regulación.

Voy a saltearme como si no lo hubiera leído eso de “cínicos exégetas” porque temo leerlo entre líneas y entenderlo mal.

Y tenés razón en tu último párrafo. Si hay algo que sobró y sobra en estas discusiones es soberbia y jactancia intelectual. Nos sobra arrogancia (el que esté libre… que tire la primera piedra). Y nos sigue faltando inteligencia.

Acá estaré para cuando arranque el debate en serio.

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